Seguridad Privada

Sanciones por infracción de la LSP

Defensa en Seguridad Privada — Sanciones por infracción de la Ley 5/2014

Acompaño a empresas de seguridad y despachos de detectives privados que se enfrentan a inspecciones, propuestas de sanción o expedientes por infracciones de la Ley 5/2014, para que puedan seguir ejerciendo con tranquilidad jurídica y sin poner en riesgo su autorización ni su habilitación profesional. Preparo alegaciones, recursos administrativos y demandas contencioso‑administrativas de forma 100% online, explicando cada paso en un lenguaje claro y ofreciéndote una estimación realista de plazos, riesgos y opciones de defensa antes de decidir cómo actuar.

Para quién es este servicio

Este servicio está pensado para empresas de seguridad (vigilancia, alarmas, transporte de fondos, videovigilancia) y despachos de detectives privados que han recibido una notificación de incoación, una propuesta de resolución o una sanción firme en materia de seguridad privada. También para vigilantes, escoltas, guardas rurales y directores de seguridad que tienen en riesgo su TIP o su habilitación profesional y necesitan saber, con honestidad, qué se les imputa, qué consecuencias reales puede tener y qué margen de defensa tienen.

El régimen sancionador de la Ley 5/2014

La Ley clasifica las infracciones en tres categorías:

Infracciones muy graves — Entre otras: ejercer actividades sin habilitación, incumplir las obligaciones de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, o reincidir en infracciones graves. Las sanciones pueden alcanzar los 600.000 euros y conllevar la extinción de la autorización empresarial o la retirada definitiva de la TIP.

Infracciones graves — Deficiencias en la formación del personal, incumplimiento de uniformidad o medios materiales, actuaciones extralimitadas o falta de comunicación de incidencias. Las multas oscilan entre 3.001 y 60.000 euros y pueden conllevar la suspensión temporal de actividades o de la habilitación individual.

Infracciones leves — Incumplimientos formales o de menor entidad, sancionados con apercibimiento o multa de hasta 300 euros.

En todos los casos, la sanción puede ir acompañada de medidas accesorias: intervención temporal de la empresa, clausura de instalaciones o suspensión cautelar de la habilitación mientras se tramita el procedimiento.

Qué incluye la defensa

  • Análisis del expediente y viabilidad de la defensa desde el momento en que recibes la notificación de incoación.

  • Alegaciones en el trámite de audiencia, atacando defectos de forma, errores en la tipificación o falta de proporcionalidad.
  • Proposición de prueba en vía administrativa: documental, testifical e informes periciales.
  • Recursos de alzada y reposición ante la Secretaría de Estado de Seguridad.
  • Recurso contencioso‑administrativo ante la Audiencia Nacional o el Tribunal Superior de Justicia competente.
  • Medidas cautelares para suspender la ejecución de la sanción mientras se tramita el recurso, permitiéndote continuar con tu actividad.

Retirada de TIP y cancelación de licencias empresariales

Además de las sanciones económicas, los expedientes pueden derivar en la retirada de la Tarjeta de Identificación Profesional, impidiendo al profesional seguir ejerciendo, o en la revocación de la autorización de la empresa, con el cierre efectivo del negocio. Estas resoluciones son recurribles y, en muchos casos, se obtiene la suspensión cautelar mientras se resuelve el recurso.

Cómo trabajo

Trabajo 100% online con empresas y despachos de todo el territorio: me envías la notificación y el expediente digitalizado y te hago un primer análisis claro de qué te imputan y qué escenarios tienes encima de la mesa. Antes de presentar ningún escrito te doy una valoración honesta de probabilidades de éxito, riesgos económicos (importe de la multa, suspensión, revocación) y alternativas. Durante todo el procedimiento mantengo comunicación ágil por email y videollamada, para que puedas seguir centrado en tu actividad mientras yo me ocupo de los plazos y la estrategia jurídica.

No esperes

Si has recibido una notificación de incoación de expediente sancionador, los plazos para alegar son breves y cada día cuenta. Cuéntame tu caso y te digo, sin compromiso, qué puedes hacer.